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REPERCUSION NACIONAL
La nota de tapa de la edición anterior de recursos » el pulso de la pesca, trascendió las fronteras de Mar del Plata y suscitó el interés nada menos que de Telenoche, noticiero central de Canal 13 que conducen Santo Biasatti y María Laura Santillán.
 

COLUMNA | REINTEGROS PARA LA INDUSTRIA NAVAL
MEDIDAS QUE FAVORECEN LA COMPETITIVIDAD
Por Progrup Consultora

La industria naval lo tiene todo para desempeñar un rol estratégico en el crecimiento nacional. Sin embargo, un cuadro impositivo que le quita competitividad internacional la mantiene en un nivel de actividad por debajo de su potencial. Aún así, existen instrumentos financieros con los que este sector puede beneficiarse.

Hoy la Industria Naval se encuentra ante la imperiosa necesidad de obtener medidas que favorezcan su desarrollo y estabilidad, tanto en lo que hace a la construcción de embarcaciones como a las reparaciones navales, actividad que por su envergadura se vuelve prácticamente inseparable de la anterior.

Aún así, la normativa impositiva al respecto parece ir a contramano de las necesidades de esta industria, ya que a través de la ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) se establece una separación entre reparaciones de buques y construcciones o transformaciones, aplicando un tratamiento diferenciado para cada una de estas actividades. Una división que para la industria naval es sólo una realidad virtual.

En el caso de las reparaciones navales, se las trata como exentas, otorgándoles la característica de asimilables a la actividad exportadora, siempre que se trate de embarcaciones con destino comercial o para la defensa y seguridad; pudiendo ser beneficiarios de la solicitud del reintegro de créditos fiscales (devolución de IVA).

En tanto, a la segunda actividad -construcción y transformación naval- se la grava a la alícuota reducida del 10,5%.

Sobre la devolución de IVA a las reparaciones navales, vale aclarar que los requisitos para la procedencia de este beneficio son ambiguos y no conducen a ninguna mejora para el sector. Así surge de la Resolución General 2000 y sus modificatorias que como requisito para la formulación del pedido solicita facturas conformadas con identificación de la embarcación, firma y sello del responsable de la empresa o del capitán del buque, y certificación de Ingeniero Naval matriculado sobre la reparación acaecida, algo que suele ser un imposible, dado el tiempo transcurrido desde que se efectuó la reparación hasta la interposición del reintegro. Situación que lógicamente dificulta que el ingeniero ubique al buque (generalmente en alta mar) para realizar la certificación solicitada.

No obstante, es importante que el empresario titular de un astillero o taller naval sepa que existe una herramienta financiera a su alcance que le permite solicitar todo el crédito fiscal acumulado en su saldo a favor de IVA relacionado con la actividad de reparación. Un beneficio nada despreciable si se tiene en cuenta que la acumulación de saldo favorable es muy habitual en este rubro, puesto que toda reparación sobre buques se encuentra exenta por el punto 26 del inciso h del art.7º de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

En este mismo sentido, luego de un intenso trabajo en el que Progrup Consultora se involucró como asesora técnica, a través de la Federación de la Industria Naval Argentina (FINA), se logró obtener la definición de AFIP-DGI acerca de que el universo de la exención y, por ende, de solicitud de reintegros corresponde a todos los buques, tengan bandera nacional o extranjera.

En cuanto a la gravabilidad de las construcciones navales con el 10,5% de IVA, entendemos que esto configura un impuesto directo sobre el astillero, ya que éstos -para mantener su competitividad internacional- deben achicar sus márgenes de rentabilidad reduciendo el precio de la obra a su mínima expresión y otorgando plazos de pago más elásticos. Esta situación sumada a los intereses que corren desde el pago de IVA devengado a la AFIP hasta el momento en que se concreta la cobranza, encarece sensiblemente el costo de la obra que debe absorber el astillero.

Hasta aquí, desde esta columna hemos pretendido hacer conocer la verdadera situación impositiva de talleres navales, astilleros y empresas que prestan servicios en el marco de las reparaciones navales, que pese a todo han logrado reponerse de la embestida de los '90, aún en el marco de un escenario impositivo desfavorable que priva a nuestro país de ser competitivo a nivel internacional.

Resulta imprescindible reconocer la ubicación geográfica de Argentina en el globo terráqueo y observar la porción del hemisferio sur que ocupan los océanos, para comprender donde se encuentra la verdadera riqueza de nuestra patria y el rol estratégico que le cabe a la industria naval en el desarrollo nacional. Un papel que sólo podrá desempeñar de la mano de un marco impositivo más apropiado.

Por PROGRUP CONSULTORA
Socia Directora CPN Mónica N. Juan
Socios: CPN Patricia A. Quiroga
CPN Marcela Duca Sícoli
CPN José A. Topete

 






Progrup es una consultora integrada por especialistas contables y jurídicos, que ofrece un servicio especialmente orientado al sector pesquero, que se focaliza en el asesoramiento impositivo sobre reintegros por exportación, reparaciones navales y otros.

Conozca más sobre esta firma en: www.progrupmdp.com.ar

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